La Ley General para el Fortalecimiento y Armonización Catastral y Registral entró en vigor este sábado 24 de octubre. La norma establece nuevas disposiciones para modernizar los catastros y los registros públicos de la propiedad en México, y para facilitar el intercambio de información entre autoridades federales, estatales y municipales.
El decreto se publicó el viernes en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF). Contempla la creación de plataformas digitales, la homologación de trámites y la implementación de una Clave Única Catastral para identificar los inmuebles registrados en el país. La legislación también busca fortalecer la certeza jurídica sobre los derechos de propiedad, actualizar la información territorial y establecer criterios comunes para la prestación de servicios catastrales y registrales.
Entre sus principales disposiciones está la Clave Única Catastral, que permitirá identificar individualmente cada predio o unidad inmobiliaria inscrita en los registros catastrales. Además, se implementará una Cédula Única Catastral y Registral, con la que se vinculará la información del catastro con la del Registro Público de la Propiedad.
La ley prevé también la puesta en marcha de una Plataforma Catastral Municipal y otra de Registros Públicos de la Propiedad, que permitirán gestionar trámites y servicios mediante herramientas digitales. Para acceder a estos sistemas se utilizará Llave MX como mecanismo de identificación de los usuarios. Las plataformas incorporarán opciones de pagos electrónicos y tendrán validez jurídica para los trámites y notificaciones que se realicen a través de ellas. La Plataforma Catastral Municipal contempla un módulo para la gestión del impuesto predial, aunque el decreto no establece modificaciones directas a las tasas de este gravamen.
De acuerdo con los artículos transitorios, las autoridades catastrales y registrales deberán adoptar e implementar los nuevos modelos de trámites y plataformas a más tardar el 31 de diciembre de 2026, con el objetivo de que entren en operación el 1 de enero de 2027.
La Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones tendrá un plazo máximo de 30 días hábiles para emitir los lineamientos de implementación de los planes nacionales. Junto con la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), deberá también establecer las reglas para la adopción de la Clave Única Catastral y de la Cédula Única Catastral y Registral.
Por su parte, los congresos estatales contarán con 180 días para realizar las adecuaciones legales necesarias, mientras que los gobiernos estatales y municipales deberán armonizar su normativa en un plazo de 180 días hábiles.
Con estas medidas, el gobierno federal busca avanzar hacia un sistema catastral y registral más uniforme, que facilite la identificación de inmuebles y la gestión de trámites en el país.





