Impulsa diputado Pável Gaspar iniciativa para homologar la Constitución y fortalecer los derechos de pueblos indígenas

La propuesta por la que se reforma el artículo 13 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla incorpora en la legislación el reconocimiento y aplicación de sus propios sistemas normativos

Impulsa diputado Pável Gaspar iniciativa para homologar la Constitución y fortalecer los derechos de pueblos indígenas

Con el objetivo de homologar la Constitución local con la federal en materia de pueblos, comunidades indígenas y afromexicanas, reconociendo a estos grupos como sujetos de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio; además de asegurar su libre determinación y autonomía, con pleno respeto a sus derechos, el diputado Pável Gaspar Ramírez presentó una iniciativa.

La propuesta por la que se reforma el artículo 13 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla incorpora en la legislación el reconocimiento y aplicación de sus propios sistemas normativos, incluida la jurisdicción indígena ejercida por autoridades comunitarias; así como el derecho a la consulta previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe, respecto de medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectar significativamente su vida o entorno.

Asimismo, la protección, uso, desarrollo y difusión de las lenguas indígenas; el reconocimiento de la medicina tradicional y la atención del embarazo, parto y puerperio; el acceso a los medios de comunicación, telecomunicaciones y tecnologías de la información; el reconocimiento del trabajo comunitario como parte de su organización social y cultural; y la atención diferenciada a los derechos de las mujeres, niñas, niños, adolescentes y jóvenes indígenas y afromexicanos.

La modificación propuesta por el diputado Pável Gaspar Ramírez también contempla que el Estado y los municipios deberán establecer las instituciones y determinar las políticas públicas que garanticen el ejercicio efectivo de los derechos de los pueblos indígenas y su desarrollo integral, intercultural y sostenible, las cuales deben ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos, combatiendo cualquier práctica discriminatoria en su contra.

Derivado de lo anterior, el Estado y los municipios tendrán entre sus obligaciones impulsar el desarrollo comunitario y regional de los pueblos y comunidades indígenas, para mejorar sus condiciones de vida y bienestar común, mediante planes de desarrollo que fortalezcan sus economías y fomenten la agroecología, los cultivos tradicionales, en especial el sistema milpa, las semillas nativas, los recursos agroalimentarios y el óptimo uso de la tierra, libres del uso de sustancias peligrosas y productos químicos tóxicos, en coordinación con las autoridades competentes y el marco normativo aplicable.

Asimismo, adoptar las medidas necesarias para reconocer y proteger el patrimonio cultural, la propiedad intelectual colectiva, los conocimientos y las expresiones culturales tradicionales de los pueblos y comunidades indígenas, así como garantizar y fortalecer la educación indígena intercultural, plurilingüe, laica y diferenciada, de modo que responda a las aspiraciones, necesidades, realidad y diferencia cultural de los pueblos y comunidades indígenas.